Riesgo y Sistema Preventivo en Derecho Penal Económico
- David Díaz Martin
- 16 ene
- 4 Min. de lectura
La Prevención
Importancia de las Medidas Preventivas contra el Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo
La preparación y disposición anticipada para evitar un riesgo constituye el fundamento esencial de las medidas preventivas y necesarias frente a los fenómenos criminales que erosionan los pilares fundamentales de la sociedad. Estas medidas no solo buscan anticiparse a las amenazas, sino que también representan una respuesta activa y consciente frente a los desafíos que implican las actividades ilícitas.

El Rol de los Mecanismos de Prevención
En la actualidad, los mecanismos de prevención han adquirido un papel indispensable en la lucha contra el Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo. Esta función proactiva surge de la necesidad de enfrentar el impacto del dinero proveniente de actividades ilícitas, especialmente el tráfico de drogas, y la subsecuente internacionalización de los capitales, factores que representan una amenaza significativa para la estabilidad económica y social.
Orígenes y Desarrollo Internacional de los Sistemas Preventivos
La evolución de las iniciativas preventivas se remonta a finales de 1988, momento en el que los gobiernos de los sectores financieros más influyentes reconocieron la gravedad de la situación. Durante ese año, surgen dos documentos clave: la Declaración de Basilea y la Convención de las Naciones Unidas. Ambos textos contribuyeron de manera decisiva a la conceptualización del Blanqueo de Capitales, otorgándole un carácter supranacional y ampliando su alcance más allá del tráfico de drogas, relacionándolo con otras actividades ilícitas.
A partir de estos documentos, se impulsaron diversas iniciativas que fortalecieron el marco preventivo internacional. Entre ellas destacan la creación del GAFI por el Grupo de los Siete en París en julio de 1989, la Convención de Europa suscrita en Estrasburgo el 8 de noviembre de 1990, la Conferencia Internacional sobre Blanqueo de fondos en el Caribe (Aruba) en junio de 1990 y la Directiva Comunitaria 91/308/CEE del 24 de junio de 1991.
Medidas Adoptadas en el Sector Financiero

Los instrumentos internacionales mencionados han sido fundamentales para la adopción de medidas preventivas en el sector financiero. Entre las más relevantes se encuentran la identificación de los clientes, el cumplimiento de las normativas vigentes, la cooperación con las autoridades encargadas del cumplimiento de las leyes, el entrenamiento continuo del personal, la conservación de los registros contables de las operaciones, el fortalecimiento de auditorías internas, la cooperación internacional, la aplicación de sanciones penales, el decomiso y el embargo preventivo.
Todas estas acciones están orientadas a repeler eficazmente las amenazas que plantean las distintas organizaciones criminales, consolidando así un entorno más seguro y transparente en el ámbito financiero y económico.
La Realidad Panameña ante el Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Delincuencia Organizada
Características del Crimen Organizado en Panamá
El crimen organizado en Panamá se presenta como un fenómeno de múltiples dimensiones que dificulta su definición precisa. Sin embargo, de acuerdo con la Convención de Palermo, este tipo de criminalidad se distingue por su objetivo de establecer y mantener una economía criminal sostenida. Para lograrlo, las organizaciones delictivas buscan integrarse tanto en la economía formal o legal como en la informal, aprovechando diversas condiciones económicas, tales como el estancamiento, las crisis, la regresión del crecimiento, la inflación, la devaluación y la deuda externa. Además, se benefician de la expansión de la demanda de consumo masivo, utilizando el blanqueo de capitales como herramienta principal para legitimar sus actividades ilícitas.
Acciones Legislativas y Normativas en Panamá
En respuesta a los estándares internacionales y las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), Panamá ha implementado reformas legislativas para fortalecer la lucha contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo. En materia preventiva, se promulgó la Ley 23 de 27 de abril de 2015 y sus respectivas reglamentaciones, así como la Ley 18 de 23 de abril de 2015, que estableció un régimen importante para la custodia de acciones al portador.
En cuanto al blanqueo de capitales, se aprobaron la Ley 10 de 31 de marzo de 2015 y la Ley 34 de 8 de mayo de 2015, que definieron más de cuarenta y dos actividades ilícitas precedentes. Asimismo, se incorporaron al catálogo de delitos el contrabando y la defraudación aduanera. La defraudación fiscal fue tipificada como delito mediante la Ley 70 de 31 de enero de 2019, integrando esta conducta al listado de actividades relacionadas con el blanqueo de capitales. Por otro lado, la Ley 123 de 31 de diciembre de 2019 incluyó la transmisión comercial de fondos (remesas de divisas) sin licencia como un delito económico, y se aprobó la Ley 11 de 31 de marzo de 2015, que regula la asistencia jurídica internacional en materia penal.
Sistema Preventivo Permanente
Responsabilidad de los Actores Clave
En el ámbito financiero, empresarial y regulatorio, los principales actores —incluyendo entidades de orden público, reguladores y supervisores— tienen la responsabilidad de mostrar eficiencia en la prevención de delitos económicos. Es fundamental, además, que demuestren una sólida estructura organizacional en el ejercicio de sus funciones e intereses, especialmente cuando interactúan con el mercado financiero.
Pilares de Credibilidad y Gestión de Riesgos
La construcción y el mantenimiento de pilares de credibilidad son indispensables para detectar y mitigar los riesgos inherentes a las operaciones financieras. Cada sector debe asumir su rol y avanzar hacia la consolidación de un sistema transparente y colaborativo, que se oponga activamente a amenazas sociales tales como el terrorismo, secuestros, tráfico de drogas, trata de personas, corrupción, estafas, robos y delitos ambientales, entre otros.
Compromiso del Sector Privado
El sector privado debe asumir la posibilidad de desarrollar actividades comerciales con plena conciencia de los riesgos asociados a negociar en el mercado. Para ello, es necesario implementar controles y estándares objetivos que permitan identificar adecuadamente a las contrapartes y conocer el origen de los fondos involucrados en cada operación.
Rol del Sector Público y Reguladores Financieros
Por su parte, el sector público y los reguladores financieros pueden contribuir mediante la aplicación de incentivos basados en la certeza y la transparencia de los controles. Estos mecanismos son esenciales para garantizar la legalidad de la economía en la mayoría de los sectores financieros, fortaleciendo así el sistema preventivo permanente.
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